Mostrando entradas con la etiqueta Tráfico. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Tráfico. Mostrar todas las entradas

domingo, 6 de marzo de 2016

Autovelox 106

Ayer pudimos ver una publicación de un nuevo modelo de radar láser en "Asociación Nacional Huérfanos de la Guardia Civil", una pagina no oficial, pero si cercana a la Guardia Civil. El caso es que pasadas unas horas eliminaron el post. Desconocemos si el motivo fue porque las fotos fueran una filtración o porque realmente no se llegarán a usar este tipo de radar. Aún asi os dejamos por aqui de nuevo las fotografías y el vídeo de presentación de este nuevo sistema.

  

 

lunes, 20 de octubre de 2014

SI, los radares pueden funcionar de noche

Como sois muchos los que nos habéis escrito preguntando si los radares pueden funcionar de noche, hemos buscado unos vídeos para que lo veáis por vosotros mismos. La localización del primer vídeo la desconocemos pero la del segundo es en la gasolinera de Torrecaballeros (Segovia) ubicada en la N-110 y el radar es un Toyota Avensis.


miércoles, 15 de octubre de 2014

Nuevos RADARES láser que controlan hasta 8 carriles a la vez

Nuevos radares de la Ertzaina, son tipo laser y se estrenado esta semana. Se usa en coche o con trípode. Te cogen en los 2 sentidos, controla hasta 8 carriles en los dos sentidos. Graba en HD y no se le escapa detalle. Los antiradares no lo pillan. Se han adquirido tres, uno por territorio.
 
Seguiremos pendientes de la información que nos vaya llegando y os la iremos actualizando.... mientras tanto #Precaucion.


¿A qué distancia vemos a los demás usuarios de la vía?

Está comprobado que si llevamos las luces encendidas los demás usuarios nos ven y nosotros a ellos, si también las llevan encendidas. Da igual la meteorología y el horario en el que viajes #EnciendeLasLuces


sábado, 2 de agosto de 2014

Si avisas por WhatsApp de los radares que te encuentras, ¿pueden multarte?

Si después de encontrarte un control lo tuiteas, o lo subes a una aplicación, estás libre de culpa siempre que no reveles datos personales ni adjuntes fotos de los policías.



El 12 de febrero de 2013, un grupo de estudiantes sevillanos estaba tomando unas copas por la ciudad cuando, de repente, tuvieron una idea: el primero que volviera a casa debía avisar a sus compañeros si encontraba algún control en el trayecto. Para ello, decidieron crear un grupo de WhatsApp con los allí presentes que sería dedicado única y exclusivamente a difundir información sobre radares, controles, etc. No se admitía ningún otro tipo de comentarios.

Pasaron los meses y la idea se fue extendiendo por la ciudad hispalense. En diciembre ya había unas 500 personas inscritas en grupos de WhatsApp con la misma temática, y en mayo, los cinco jóvenes que tuvieron la idea gestionaban ya 89 grupos con más de 4.000 componentes.

"En esos grupos sólo se entraba por invitación. Alguien que ya estaba dentro nos tenía que pasar el teléfono y sólo se publicaban controles, radares móviles y algunas veces si se habían visto coches de secretas por algún lado, eso sí, siempre sin dar datos personales de policías", explica a HojaDeRouter.com Fernando Montes, uno de los impulsores del proyecto.

Por extraño que pueda resultar, los cinco amigos gestionaban estos grupos y los actualizaban de manera totalmente altruista, "la gente nos felicitaba y nos decía que estábamos haciendo una gran labor", afirma Montes orgulloso.

Su iniciativa es sólo un ejemplo de las muchas que hay en marcha en España para difundir este tipo de información. Así, basta con hacer una búsqueda en Twitter y poner "radar" para encontrarnos con cuentas como @47Radares (15.500 seguidores) o @37Radares (más de 10.700) y un sinfín de tuits sobre la materia. Aparte de las redes sociales y el WhatsApp, en Google Play e iOS encontramos un gran número de aplicaciones destinadas precisamente a alertar de este tipo de controles: Waze, Socialdrive, Avisador de Radares o Radardroid son sólo algunas de ellas.

Montes y sus cuatro amigos también trataron de desarrollar una 'app' que les facilitara la labor que estaban llevando a cabo vía WhatsApp. "Los grupos nos quemaban mucho, llegamos a tener un horario de trabajo, nos dividíamos entre 8 de la mañana y 1 de la noche cada franja horaria para tenerlos con información renovada continuamente". Por eso diseñaron un prototipo de aplicación e incluso contactaron con un desarrollador.

El precio era de 4.000 euros y pensaron que la mejor opción era lanzar su proyecto en Verkami, en busca de financiación colectiva. Sin embargo, pese a que mucha gente les había asegurado que les apoyaría, a la hora de rascarse el bolsillo muchos se echaron para atrás. De los 3.000 euros que pedían, sólo consiguieron 133. "Nos decepcionamos mucho y ahora estamos cerrando todos los grupos".

La difusión de esta información a través de internet es masiva. Sin embargo, hay una pregunta que se plantea en más de una ocasión: ¿es legal dar este tipo de avisos? ¿Te pueden multar? La respuesta, según los expertos, es rotundamente "no".

Hace unos días, la polémica se reactivó a cuenta de una noticia que afirmaba que se había producido la primera detención en España por lanzar avisos de controles de tráfico a través de WhatsApp.

"Al parecer, esa persona fue detenida porque difundió información con los lugares en los que se iban a instalar los radares de la Guardia Civil de Tráfico", explican desde Automovilistas Europeos Asociados a HojaDeRouter.com. "El problema que se plantea aquí es que no es delito el hecho de que yo difunda algo que me he encontrado por el camino, no hago ninguna revelación de un secreto si esa información la he obtenido por conocimiento directo. Sin embargo, esta persona lo que difundió fue los controles que se iban a colocar al día siguiente, esa información por tanto sí constituía una revelación de secretos".

De este modo, el problema no radica en difundir hechos o informaciones que un automovilista pueda conocer de forma lícita por observación directa - como, por ejemplo, cruzarse con un radar en su camino -, sino en revelar información sin autorización, datos que afecten a la intimidad de las personas o que se hayan obtenido de forma ilícita ('pinchazos' telefónicos, espionaje...)

En este sentido, el propio Montes asegura que en los grupos que gestionaban de WhatsApp había guardiaciviles, policías, jueces, abogados... "Todos nos dijeron lo mismo, que nosotros podíamos avisar de un control pero lo que no podíamos hacer era publicar datos de algún policía, fotos, información sobre los 'secretas' que encontrábamos... Nunca tuvimos problemas porque todo eso lo dejábamos muy claro en las normas y tuvimos mucho cuidado de que la gente no publicara ese tipo de información".

Así que, a partir de ahora, ya lo sabes: puedes difundir cualquier información sobre radares y controles que obtengas por ti mismo, de forma lícita, pero eso sí, mucho cuidado con hacerlo mientras conduces porque además de ser muy peligroso (multiplica por cuatro el riesgo de sufrir un accidente) está prohibido, y si te pillan te puede 'caer' una multa de 200 euros y 3 puntos del carné. De avisar, mejor que se encargue el copiloto.

Fuente: ElDiario.es

viernes, 25 de julio de 2014

Tráfico gastará 8,6 millones de euros para agilizar la tramitación de 200 multas a la hora


La Dirección General de Tráfico (DGT) tiene previsto gastar 8,6 millones de euros en un sistema de tratamiento de accidentes, denuncias y gestión de la información general del tráfico para, entre otros objetivos, agilizar la tramitación de unas 200 multas a la hora que pueden realizar de media los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Así consta en un anuncio publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE), recogido por Servimedia, sobre la contratación mixta de servicios y suministros del sistema de tratamiento en movilidad de accidentes, denuncias y gestión de la información general de tráfico.

En principio, el servicio entrará en funcionamiento el próximo 1 de septiembre y abarcará 48 meses, para concluir en agosto de 2018.

Con este sistema, la DGT da un paso más desde que en 2004 comenzaran las pruebas de un sistema para automatizar y agilizar el procedimiento para cumplimentar los boletines de denuncia y su tramitación administrativa en los servicios que prestan en carretera los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil.

Entonces, se dotó a los guardias civiles de PDA para automatizar los procedimientos de identificación e imposición de denuncias, de manera que el agente podía iniciar la tramitación de la sanción ‘in situ’ y verificando online cualquier dato adicional que necesitara.

Con este proyecto, conocido como Proceso de Informatización de Denuncias (Pride), la DGT ha venido tramitando un volumen anual de expedientes sancionadores cercano a los dos millones por año.

6.000 equipos

Ahora, Tráfico pretende impulsar el nuevo ‘sistema de tratamiento en movilidad de accidentes, denuncias, autorizaciones especiales y gestión de información general de tráfico’ sobre la base de esos dos millones de denuncias que los guardias civiles pueden llegar a realizar al año, lo que supone una media de 5.500 multas diarias o más de 200 a la hora.

La empresa que contrate la DGT debe implantar este sistema, además de instalar, implementar, actualizar y mantener las aplicaciones y la adaptación a todos los terminales, para continuar reduciendo los tiempos y trámites de la denuncia.

Además, deberá aportar dispositivos hardware (terminales, fundas, equipamiento auxiliar y dispositivos de pago), así como alrededor de un mínimo de 6.000 equipos terminales completos, y mantener o sustituir las cerca de las 4.000 impresoras de la DGT.

Fuente: Servimedia

lunes, 21 de julio de 2014

Cuál es la postura más adecuada para conducir

Encontrar la mejor postura para conducir es más importante de lo que parece: sentarse al volante de cualquier manera puede hacerte acumular cansancio, ocasionarte lesiones y, en caso de accidente, agravar las consecuencias. En este vídeo te enseñamos cómo regular el asiento, a qué distancia deben estar los pedales y cómo colocar el reposacabezas, entre otros elementos...

viernes, 18 de julio de 2014

500 euros de multa por circular cuando haya exceso de contaminación


La mayoría de las ciudades españolas ha apostado por un transporte público limpio. Una medida plausible pero no suficiente para la luchar contra la contaminación, ya que según los expertos lo necesario es llevar a cabo medidas estructurales sobre el vehículo privado. Una asignatura pendiente en España, donde hasta la fecha ni siquiera se podía prohibir la circulación por exceso de partículas en suspensión propias de los diésel. Sin embargo, según el nuevo Reglamento de Circulación de la Dirección General de Tráfico (DGT), se podrá prohibir la circulación por razones medioambientales. En concreto, según el artículo 37, «cuando por razones medioambientales o de seguridad o fluidez de la circulación lo aconsejen, podrá ordenarse por la autoridad competente otro sentido de circulación, la prohibición total o parcial de acceso a partes de la vía, bien con carácter general, bien para determinados vehículos o usuarios, el cierre de determinadas vías...» Es decir, que cuando los niveles de contaminación sean elevados y se esté llegando a unos niveles que supongan un riesgo para la salud, los Ayuntamientos, por ejemplo, no sólo pondrán avisos de «deje el coches por los elevados niveles de polución, que pocas veces son realmente escuchados, sino que podrán prohibir la circulación». Hacer caso omiso a esta prohibición total o parcial (por el tipo de vehículo contaminante) será considerada «una infracción muy grave», según el punto cinco del citado artículo, por lo que conllevará 500 euros de multa.

Todas estas medidas son sólo teoría en la gran parte de los Ayuntamientos de España. Sólo el de Madrid ha actualizado su protocolo para combatir los episodios de alta contaminación y evitar en lo posible que éstos se prolonguen en el tiempo. Desde el pasado 1 de julio en Madrid los coches más contaminantes deben enfrentarse a unas tarifas más elevadas en las áreas de estacionamiento regulado (SER). El nuevo capítulo de la lucha medioambiental de Ana Botella se trata de un protocolo preventivo (sólo se han registrado tres casos de alerta por contaminación en Madrid desde 2011) en el que se han establecido los distintos escenarios en los que se adoptarán, de forma gradual, medidas de información a los ciudadanos, seguimiento de los niveles de contaminación y restricciones al tráfico y límites de velocidad más estrictos dentro de la almendra central de la ciudad (interior de la M-30) dependiendo no sólo del dióxido de nitrógeno (NO2), sino también de las previsiones meteorológicas que determinan, en definitiva, la duración del episodio de contaminación.

A efectos de contaminación el documento divide Madrid en cinco zonas, siendo la almendra central la que concentra las principales actuaciones debido a que es el área donde se registran los mayores niveles de NO2 porque presenta una mayor afluencia de tráfico rodado. Según los niveles de contaminación que se produzcan, el Ayuntamiento de Madrid establece tres niveles de actuación: preaviso, aviso y alerta. El caso de Madrid es especial puesto que, mientras los niveles de aviso a la población y alerta están previstos en la Directiva Europea 2008/50, el preaviso es un nivel que crea el consistorio de la capital de forma voluntaria con el fin de anticipar las actuaciones en casos de niveles altos de contaminación.

En la práctica habrá tres fases con restricciones para reducir los niveles de NO2. Cuando dos estaciones de la misma zona superen los 200 microgramos por metro cúbico de dióxido de nitrógeno durante dos o más horas seguidas en cuatro días consecutivos, y además la previsión meteorológica sea desfavorable, se activarán las primeras medidas de restricción al tráfico que consistirán en la prohibición de estacionamiento de los vehículos de no residentes en las plazas del SER del interior de la M-30. Además, en esta fase 1 la velocidad en el primer anillo de circunvalación de Madrid, así como en las vías de acceso a la ciudad, a partir de la M-40, estará limitada a 70 kilómetros por hora. Los vehículos comerciales, los autotaxis en servicio, los vehículos de personas con movilidad reducida y los vehículos de «cero emisiones» estarán exentos de estas limitaciones.

La segunda fase del protocolo se iniciará en el momento en que las estaciones registren tres días consecutivos con más de 250 microgramos por metro cúbico y, junto a las medidas de la fase 1, prohibirá la circulación en el interior de la almendra central de la capital del 50 por ciento de los vehículos (excepto transporte público, transporte escolar, vehículos comerciales, los de «cero emisiones», los de emergencias o servicios esenciales, los empleados por personas con movilidad reducida y los taxis vacíos). La distinción de los vehículos que podrán circular y los que no dependerá de su matrícula, según sea par o impar su último número, y del día del mes en que se ponga en marcha la alerta.

La tercera fase amplía la restricción de la circulación a la M-30 y se activará con tres días consecutivos de aviso en primera fase. El nivel de alerta se activará cuando tres estaciones de la misma zona superen los 400 microgramos por metro cúbico de NO2 durante tres horas consecutivas. Todas estas medidas entran hoy en vigor en Madrid y dejan sin efecto el protocolo que se empleaba hasta ahora en la capital. Las medidas previstas en la fase 3, las que prevén limitar el tráfico por la M-30 y las vías de acceso (carreteras que son competencia de otras administraciones), no se pondrán en marcha hasta el 1 de enero de 2015. En cualquier caso, explicó la regidora madrileña tras la aprobación del documento, las situaciones de alerta por episodios de elevados niveles de concentración de NO2 han sido «muy esporádicas» ya que lo habitual en la capital es que la red de medición registre una media diez veces inferior al nivel de alerta.
Fuente: LaRazón

lunes, 14 de julio de 2014

RADARES: Cómo funciona el Pegasus

 
El nuevo radar aéreo aporta una ventaja: es más selectivo y permite observar el comportamiento de los conductores identificando las conductas de riesgo. Pegasus puede actuar desde una altura de 300 metros y a un kilómetro de distancia del objetivo. La finalidad del sistema es conocer las coordenadas geográficas (latitud y longitud) del vehículo al que se está controlando para calcular su velocidad. En primer lugar, sitúa la posición del helicóptero en el espacio con extraordinaria precisión, a través de varios mecanismos (giroscopios y acelerómetros) y un programa informático añadidos a las cámaras de vigilancia. A continuación, un láser mide la distancia entre el helicóptero y el vehículo cada tres segundos. Con estos datos puede conocer las sucesivas posiciones del vehículo y calcular su velocidad media a efectos de sanción. Confirmada la infracción, un fotograma de la grabación se envía telemáticamente como prueba al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas (ESTRADA) desde donde se tramita. E incluso está prevista la actuación inmediata en casos de delito, contactando desde el mismo helicóptero con una patrulla de la Guardia Civil.

Así funciona el nuevo radar aéreo, paso a paso:
  • 1. Partiendo de la posición del helicóptero, un GPS calcula las coordenadas del vehículo.
  • 2. Un telémetro láser mide la distancia exacta entre el helicóptero y el vehículo.
  • 3. Con las posiciones sucesivas, sabe su velocidad. El sistema la mide cada tres segundos y calcula la media. Puede detectarla entre 80 y 360 km/hora.
  • 4. La infracción queda grabada y se tramita por vía telemática

Fuente: Revista DGT

sábado, 12 de julio de 2014

Todos los radares fijos y de tramo de las carreteras españolas


Coincidiendo con las primeras operaciones especiales de tráfico del verano, hemos actualizado los listados de radares fijos de las carreteras españolas, así como los radares de tramo. En la actualidad hay un total de 855 radares fijos y 11 de tramo en las carreteras.

Los listados están actualizados a fecha 26 de junio con datos de la Dirección General de Tráfico, del Gobierno Vasco y del Servicio Catalán de Tráfico.

Recordad que con la nueva Ley de Tráfico están prohibidos los detectores de radar y su uso está sancionado con 200€ y la pérdida de 3 puntos por lo que este año la información os será más útil.

En los siguientes enlaces os podéis descargar los listados de radares:
Además de los radares fijos y de tramo la DGT cuenta con 3 radares Pegasus en funcionamiento en la actualidad que constan de dos cámaras, una panorámica que facilita el seguimiento y captación de la velocidad.

Esperamos que sea una información de utilidad.

Fuente: Dvuelta

Anulación del RAI de la DGT por multas



Vídeo del telediario de La Sexta
Dos Guardias Civiles, Antonio Agudo y Juan Antonio Delgado, ambos representantes de AUGC, comentan la situación de los Guardias Civiles de Tráfico, su situación laboral, hasta antes de la anulación por SENTENCIA DEL SUPREMO DE MADRID DE LA NORMA QUE RIGE EL RAI.

martes, 8 de julio de 2014

RADARES: Qué es un radar de tramo, cómo funcionan y dónde están



En nuestro país hay cerca de 1.000 cinemómetros que se encargan de vigilar que respetemos la velocidad máxima de la vía en la que están, bien sean fijos o móviles. En esta dotación también están incluidos los diversos Pegasus que sobrevuelan las carreteras montados en helicópteros así como los bautizados como ‘de tramo’, que se encargan de hacer una media de velocidad en un tramo sancionando a todo aquel que sobrepase la establecida para circular durante unos kilómetros.


En 2009 saltaba la noticia de que en España se iban a instalar los primeros radares de tramo. Cinco años después de que este hecho sirviera para que las asociaciones de automovilistas pusieran el grito en el cielo, hoy en día lo cierto es que su implantación no ha ido al ritmo que las autoridades quisieran, básicamente porque su coste es muy alto y su rentabilidad no tan buena como la de los cinemómetros móviles o Pegasus.

Estos dispositivos de tramo consisten en controlar una distancia de varios kilómetros (entre tres y cinco), desde un punto A hasta un punto B. Con los radares tradicionales se comprueba la velocidad en una zona fija.

Así se hace la ponderación


Imaginemos que circulamos por una autopista a 120 kilómetros/hora. El primer radar de tramo, colocado en un pórtico y debidamente señalizado (aunque a veces los paneles están apagados, despistando al conductor) registra el paso de nuestro vehículo en una fotografía con una resolución de hasta 1.280 por 1.024 píxeles, en la que están impresos datos como hora, minutos y segundos y matrícula. Más adelante, pasamos por otra barrera que capta nuestra ‘salida’ a través de unas cámaras (y que como el de inicio, suele estar indicado aunque hay ocasiones que no).

Con los datos recogidos entre el inicio y el final se hace una media en función del tiempo que se ha tardado en recorrer el trayecto preestablecido. Si ésta sale superior la preestablecida (por ejemplo, 130 kilómetros/hora), se emitirá automáticamente una sanción gracias al acceso telemático que se tiene a la base de datos de la Dirección General de Tráfico.

Estos ‘vigilantes’ funcionan tanto de día como de noche, disponen de un sistema de iluminación por láser-led, cuentan con un mecanismo anti vandalismo y los inhibidores de radar (prohibidos con la nueva normativa vial de mayo) no sirven de nada.

Los primeros


El 1 de febrero de 2009 empezaron a funcionar los dos primeros radares de tramo, instalados en el túnel de Guadarrama en Madrid y en el túnel de Torrox, en Málaga respectivamente. El primero de ellos se encuentra en la AP-6, entre Madrid y Segovia mientras que, el segundo, está en la A-7 de la ciudad andaluza.

Los últimos en sumarse a la lista han sido tres en Cataluña: uno en la C-65 entre Cassà de la Selva y Llagostera (Girona) y dos en la N-340 en ambos sentidos entre Sant Carles de la Ràpita y Amposta (Tarragona).

Fuente: Auto Scout 24

viernes, 4 de abril de 2014

Registro abierto para grupos de Telegram

ACTUALIZACIÓN 12/07/14 - GRUPOS ACTUALMENTE CERRADOS
(solo es posible entrar mediante la invitación de algún usuario del grupo)

Registro abierto para los grupos de Telegram de Salamanca, Segovia, Soria y Valladolid. Si quieres recibir todas las notificaciones en tu móvil no dejes pasar esta oportunidad que solo va a durar unos días. 

Entra en la pagina de Facebook que más te interese y haz click en "Me Gusta". Después mándanos un Mensaje Privado indicando tu número de teléfono.

Salamanca - www.facebook.com/37Radares
Segoviawww.facebook.com/40Radares
Soriawww.facebook.com/42Radares
Valladolidwww.facebook.com/47Radares

viernes, 28 de marzo de 2014

La DGT llevará a cabo una Campaña especial para el control de Velocidad en vías convencionales y urbanas


Entre los días 31 de marzo y 6 de abril la Dirección General de Tráfico llevará a cabo en las carreteras de Castilla y León una campaña especial de concienciación, a través de divulgación de mensajes en medios de comunicación y de intensificación de controles en las carreteras tanto por parte de los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, como de los agentes de las Policías Locales de los Ayuntamientos adscritos a la campaña especial de intensificación de controles de velocidad.

Los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil aumentarán los controles sobre dicho factor de riesgo, con el objetivo de realizar unos 20.000 controles diarios de velocidad a conductores que circulen por las carreteras de la región, con un total aproximado previsto de unos 140.000 controles.

Durante el año 2013 se produjeron 11 accidentes mortales en carretera en los que la velocidad intervino como factor desencadenante de los mismos, generando la muerte de 11 personas y heridas graves a otras 2 en las carreteras de Castilla y León.

En 2013, del número total de muertos registrado, 55 se produjeron en accidentes por salidas de la vía, en los cuales la velocidad tiene una incidencia directa.

Fuente: noticiascastillayleon.com

martes, 25 de marzo de 2014

Normas para los grupos de Telegram

NORMAS BÁSICAS DE FUNCIONAMIENTO


Las normas son sencillas.
Los administradores de los grupos tienen la capacidad de expulsar a cualquier usuario que no cumpla las normas de funcionamiento de los grupos.
  1. Finalidad: Los grupos únicamente son para compartir avisos relacionados con el tráfico: radares, controles, incidencias que nos encontremos en carretera o pedir ayuda en caso necesario.
  2. Respetar la autoridad de los administradores y no discutir sus decisiones.
  3. Los usuarios de un grupo no deberán acosar, calumniar, insultar o amenazar a los administradores ni a otros usuarios.
  4. Si has presenciado algo, infórmanos en radarescyl+telegram@gmail.com.
  5. Horario: Para comunicar un aviso NO hay horario, pero todos los participantes de un grupo tienen que ser conscientes de que hay más usuarios y se han de respetar los horarios "normales" para cualquier mensaje que no sea importante.
  6. Queda totalmente prohibido la publicación de controles y otras actuaciones policiales que no sean relacionadas con el tráfico (Operaciones de drogas, Redadas, Seguridad Ciudadana, etc...) Siendo responsable la persona que la difunda y corriendo el riesgo de ser expulsado del grupo.
  7. No se permiten comentarios preguntando "haber si hay algo", ya que se entiende que la finalidad del grupo es que el que vea algo lo comparta, con lo cual, si no hay ningún mensaje es porque nadie ha pasado o porque no lo hay.
  8. No hace falta contestar a cada uno de los mensajes, a no ser que sea para pedir alguna aclaración sobre algún aviso. Evitando siempre los mensajes (OK, Vale, Gracias, ...).
  9. Los mensajes deben ser lo más precisos posibles y siempre que sea posible indicando: el vehículo, el lugar (ctra y km) y dirección. Evitando la coletilla "donde siempre" y procurando que los demás usuarios consigan comprender el mensaje de la forma más fácil (Radar en la Ctra. de ........... donde siempre).
  10. No se permite repetir los avisos, a no ser que sea para complementar algún aviso anterior o para comunicar la continuidad de otro aviso. Simplemente es mirar unos avisos más arriba para saber si ya estaba publicado.
  11. Queda prohibido la publicación de cualquier mensaje de pornografía.
  12. No se permite ninguna alusión racista u ofensiva en nuestros grupos.
  13. No se permite realizar SPAM publicitario, enlaces, ni cualquier tipo de actividad que entorpezca la lectura del grupo.
  14. Toda fotografía, vídeo u otro tipo de archivo que se comparta en un grupo o en los diferentes medios podrá ser utilizado por los administradores y distribuirlo en cualquier otro medio.
  15. Para que todos podamos entendernos, el único idioma aceptable en los grupos es el español o castellano.
  16. Cualquier problema, sugerencia o comentario que tenga un usuario se lo transmitirá a cualquier administrador mediante mensaje privado, nunca en el chat de grupo.
  17. Ningún usuario está obligado a permanecer en un grupo, este se puede abandonar cuando se desee.
Afortunadamente saltarse las normas no es algo que suceda habitualmente en nuestros grupos y nos enorgullecemos de tener la mayor y más agradable comunidad de avisos de Castilla y León.

NUEVOS USUARIOS

  • No existe límite de usuarios en los grupos, excepto los límites que nos ponga la aplicación.
  • Las altas para los nuevos usuarios se harán entre las 09:00 h. y las 23:00 h.
  • Debido a la nueva creación de los "Supergrupos" la solicitud se debe hacer a cualquiera de los administradores del grupo o mediante los enlaces que se faciliten en el propio grupo.

EXPULSIÓN DE USUARIOS

  • La expulsión de un usuario será solamente decisión de los administradores de los grupos, nunca de los demás usuarios. En caso de que algún usuario tenga problemas con otro del grupo se lo comunicará a alguno de los administradores para que estos estudien dicho comportamiento.
  • Todo usuario que este empezando a causar un problema para el grupo será advertido para que cambie su actitud y en caso contrario será expulsado.
  • Cualquier falta de respeto hacia otros usuarios o administradores del grupo conllevará a la expulsión automática del usuario.
  • Los usuarios de un grupo que lleven inactivos en la aplicación más de 15 días serán borrados para que otros puedan entrar. Pudiendo volver a entrar cuando deseen poniéndose en contacto con cualquier administrador.
  • Todo usuario que sea expulsado por una falta grave formará parte de una lista de usuarios "No Admitidos" y tendrá prohibida la entrada en el grupo de nuevo.
  • Todo usuario que agregue a uno que haya sido expulsado por una falta grave, cuestionando la decisión del moderador del grupo, conllevará a la expulsión automática de los dos.

Actualización 01-12-2015

lunes, 24 de marzo de 2014

Veinte nuevas normas de tráfico que ha aprobado el Congreso


El Congreso de los Diputados ha aprobado este jueves la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. La ley entrará en vigor un mes y un día después desde su publicación en elBoletín Oficial del Estado (BOE), aunque algunas de las reformas previstas deberán ser concretadas por el futuro Reglamento General de Circulación, cuya aprobación está prevista para junio. Estas son las principales modificaciones que afectarán a su vida diaria en las carreteras:

1. El casco ciclista será obligatorio en ciudad para los menores de 16 años. Después de una larga polémica, el Partido Popular ha dado marcha atrás a su intención de imponer por ley el casco ciclista en ciudad. Solo será obligatorio para los menores de 16 años. No llevarlo supondrá una multa de 200 euros, que deberán pagar los tutores legales del menor.

2. Los niños no podrán ir en los asientos delanteros: El nuevo texto prepara el terreno a los cambios previstos en el nuevo Reglamento General de Circulación. Aunque no prohíbe expresamente que los menores viajen en el puesto del copiloto, establece que “se podrá prohibir la ocupación de los asientos delanteros y traseros por los menores en función de su edad o talla”. En la práctica, una vez aprobado el nuevo código de circulación, no podrán viajar en los asientos delanteros los menores que midan menos de 1,35 metros, siempre y cuando todos los asientos traseros no estén ocupados por otros menores que tampoco llegan a esta estatura o que el vehículo carezca de asientos traseros. Hasta ahora, los menores de 12 años pueden viajar en el asiento delanteros si lo hacen con el sistema de retención infantil adecuado.

En el caso de incumplir la norma, las autoridades podrán inmovilizar el vehículo e imponer una sanción de 200 euros. En los taxis, se aplicará la misma regla, pero su incumplimiento es responsabilidad del tutor del menor y no del taxista.

3. Multa más alta para el consumo de alcohol. Aumenta de 500 a mil euros la sanción por conducir con una tasa el doble de lo permitida, es decir, a partir de 0,5 miligramos por litro de aire espirado o de 0,30 para conductores noveles y profesionales. También se duplica la multa a quienes en el plazo de un año previo hubieran dado positivo por alcohol.

4. Sanción a la presencia de drogas en el organismo. La nueva ley suprime la necesidad de demostrar la influencia de las drogas en la conducción, como establece hasta ahora la norma, para poder sancionar por la vía administrativa. Bastará con que una prueba salival, que solo detecta el consumo reciente, demuestre la presencia de drogas en el organismo para imponer una multa, que también asciende de 500 a mil euros. Quedan excluidas las sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con finalidad terapéutica, como la metadona.

5. Pruebas de alcohol y drogas para peatones. Los viandantes estarán obligados a someterse a un control de drogas y alcohol si cometen una infracción. Hasta el momento, solo es obligatorio si se ven involucrados en un accidente. Los peatones son, con 370 muertos, el segundo colectivo que registra más fallecidos por accidente de tráfico, solo por detrás de los ocupantes de vehículos de cuatro ruedas.

6. Nuevas velocidades máximas y mínimas. El límite máximo en autopista y autovía sigue siendo de 120 kilómetros por hora. Sin embargo, la reforma de la ley de seguridad vial contempla la posibilidad de aumentar la velocidad a 130 kilómetros por hora al incluir un cuadro de velocidades con las sanciones correspondientes a quienes excedan ese límite. Será el código de circulación el que regule dónde y cuándo se podrá circular más rápido.

Los límites de velocidad a partir de los cuales se sanciona a quien exceda la velocidad de 130 por hora serán los mismos que los establecidos para el límite de 120. Por ejemplo, tanto en una carretera limitada a 120 como en una limitada a 130, la primera franja de sanción, que supone una multa de 100 euros y no detrae puntos, se establece en el límite máximo de 150 kilómetros por hora. Sin embargo, la ley no puede modificar el límite a partir del cual el exceso es delito. Según el Código Penal, hay delito en vía interurbana cuando se circula a 80 kilómetros por hora por encima del límite permitido. Es decir, en una carretera limitada a 130, será delito circular a 210 por hora.

La ley incorpora también una nueva franja de 20 kilómetros por hora, prevista para algunas calles con un solo carril. Hasta ahora, no existían sanciones para quienes excedieran los 21 kilómetros por hora.

7. Las bicicletas podrán circular por debajo de la velocidad mínima establecida. La reforma está pensada para solucionar ciertos problemas de los ciclistas en zonas urbanas. Hasta ahora, los vehículos no pueden circular a una velocidad por debajo del 50% del límite máximo establecido, lo cual crea problemas a los ciclistas en calles como la Cuesta de la Vega en Madrid, donde, por su inclinación, es muy difícil circular a más de 25 kilómetros por hora. No obstante, sigue estando prohibido que los ciclistas circulen por autopistas.

8. Solo serán legales los avisadores de radar: ni detectores ni inhibidores. La nueva ley prohíbe expresamente la utilización de detectores de radar e impone a quien la incumpla una sanción de 200 euros y la pérdida de tres puntos de carné. Se mantiene la prohibición de los inhibidores, que lleva aparejada una pena mucho más severa: 6.000 euros de multa y la detracción de seis puntos. Solo serán legales los avisadores de radar, que ofrecen información sobre la ubicación de los cinemómetros en función de bases de datos. Los conductores deberán prestar atención a los navegadores que poseen, ya que muchos incluyen una función de detectores de radar. Bastará con desactivar esta función.

9. Obligatoriedad de matricular en España los vehículos de extranjeros residentes. Hasta ahora, los extranjeros residentes solo deben cumplir las obligaciones tributarias fijadas en la Ley de Impuestos Especiales, pero no es preceptivo que matriculen su coche en España, lo que en la práctica dificulta que sean sancionados o sometidos a controles. La concreción de este artículo se hará en el reglamento.

10. Obras en la vía. Será infracción grave realizar obras en la carretera sin comunicarlo con anterioridad a su inicio “a la autoridad responsable de la gestión y regulación del tráfico”.

11. Caída de carga en la vía. Este supuesto, que no estaba expresamente contemplado en la normativa, será sancionado como infracción grave por “el peligro que genera al resto de usuarios de la vía”.

12. Control en autoescuelas y centros de reconocimiento. Impedir las labores de control en centros de enseñanza y de reconocimiento de conductores será infracción, ante los casos detectados en los que se impide el acceso de miembros de la Consejería de Salud o de la Dirección General de Tráfico.

13. Los agentes podrán multar sin parar al vehículo. Se permitirá no parar ni identificar a un infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo.

14. El conductor será el responsable si atropella a un animal de caza. Hasta ahora, en los accidentes ocasionados por el atropello de especies cinegéticas, el conductor solo era responsable si había incumplido las normas de circulación. La nueva ley establece que el automovilista será siempre el responsable, a no ser que el siniestro sea consecuencia de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor –animales salvajes mayores que un zorro- llevada a cabo en el mismo día de la cacería o en las 12 horas posteriores a que concluya. Será culpable la Administración solo si “no ha reparado la valla de cerramiento en plazo” o “por no disponer de la señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentalidad por colisión de vehículos con los mismos”. En la práctica, los conductores que sufran un accidente en alguno de los casi 25.000 cotos de caza que hay en España no recibirán ninguna indemnización si mueren o resultan heridos graves. Y si tienen un seguro a terceros, también tendrán que hacerse cargo de los desperfectos en su coche.

15. Se aumenta de 15 a 20 días naturales el plazo para pagar multas con descuento del 50% y para hacer las alegaciones pertinentes.

16. Restricciones a vehículos por motivos medioambientales. Se recoge expresamente la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales. El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente liderará el desarrollo reglamentario necesario.

17. Nuevas causas de inmovilización de vehículos: Además de llevar menores sin un dispositivo de retención adecuado, será causa de inmovilización conducir sin autorización vehículos para los que se exige el permiso C (cuando la masa máxima autorizada exceda de 3500 kilos y no sobrepase los 7.500) o D (autocares).

18. Prohibición de traslado de vehículos inseguros a otros países. Se prohíbe dar de baja definitiva por traslado a otro país vehículos que no cumplen con los requisitos de seguridad y medioambientales reglamentariamente establecidos. Este artículo procede de la aplicación del Plan Mundial para el Decenio de Acción para la Seguridad Vial 2011-2020 de la ONU, que insta a desalentar las importaciones y exportaciones de vehículos nuevos o usados que no son lo suficientemente seguros. Cada año, mueren en el mundo por accidente de tráfico 1.300.000 personas.

19. Prioridad para las grúas de auxilio en carretera. Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio tendrán prioridad de paso y recibirán el tratamiento de vehículos de urgencias. Podrán pararse o estacionarse en vías urbanas durante el tiempo indispensable para retirar vehículos, siempre que no se cree un nuevo peligro ni se cause obstáculo a la circulación.

20. Menos restricciones en la conducción a los enfermos de cáncer. La ley prevé la posibilidad de que el reglamento general de conductores, que Tráfico también pretende reformar en esta legislatura, revise las limitaciones impuestas a la conducción a los enfermos de cáncer. Las personas que padecen esta enfermedad pueden conducir en muy pocos casos, siempre que su médico, que tiene la posibilidad de hacerlo pero no la obligación, lo remita a la Dirección General de Tráfico. Debido a los avances médicos y farmacológicos, el futuro reglamento de conductores aumentará los casos en los que los enfermos de cáncer sí pueden conducir.

Fuente: El País